
Los Papeles de Pandora son la excusa perfecta para recordar el tan fundamental papel que la protección de datos juega en una empresa. ¿Qué son? O más bien, ¿qué es?
Se trata de la filtración de casi 12 millones de documentos confidenciales de 14 bufetes de abogados, que ha dado rienda suelta a una colaboración periodística que tras 2 años de investigación ha puesto al descubierto los secretos financieros de:
- Unos 35 jefes y ex jefes de Estado.
- Y más de 330 políticos y altos cargos en 91 países.
Otra fuga de datos gigantesca que vuelve a dejar en evidencia las carencias en materia de protección de datos en los despachos de abogados.
Los Pandora Papers , al descubierto
Los Papeles de Pandora es, hasta ahora, la filtración más grande de la historia con 2,94 TB en archivos confidenciales.
Esta cifra corresponde a nada menos que a 11,9 millones de documentos, entre los que se encontraban información tan “sensible” como:
- Facturas.
- Actas de constitución.
- Registros de accionistas.
- Correos electrónicos.
- Registros de viajes.
- Y hasta pasaportes, incluso.
En la documentación aparecen hasta 14 despachos de abogados, todos especializados en la creación de sociedades mercantiles en los denominados “paraísos fiscales”, como Panamá, las Bahamas o las Islas Vírgenes Británicas, por ejemplo.
Esto ha permitido que salgan a la luz los activos, acuerdos o hasta fortunas “secretas” de sus clientes, entre los que se encontraban figuras políticas de distintos países.
En los Papeles de Pandora, el bufete que más se menciona es Trident Trust: un despacho con más de 43 años en el servicio.
Baker McKenzie, el bufete más grande de los EE.UU, es otro despacho mencionado, por el asesoramiento a más de 440 empresas registradas en paraísos fiscales, si bien no había registros internos del despacho en la documentación filtrados.
Y aparece también el despacho Alcogal, en este caso por haber manejado 253 sociedades en paraísos fiscales que pertenecen a españoles.
¿Qué dice la normativa?
Si bien ahora no existe la obligación de inscribir ficheros en la AEPD, los letrados aún tienen la obligación de cumplir con la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales (LOPD) en el ejercicio de sus atribuciones y competencias, como cualquier otra empresa u organismo.
¿La razón? Los abogados acceden a datos de carácter personal, e incluso los someten a un tratamiento automatizado (por software) o manual (por la agenda).
En este sentido, son los que tienen la responsabilidad tanto de tratar los datos de manera lícita como de recoger esa información de forma exacta para fines determinados.
Sin embargo, en los bufetes incumplir con la normativa de protección de datos es casi tan fácil como atender clientes con expedientes sobre el escritorio o enviar documentación a través de WhatsApp, por ejemplo, unas faltas que una auditoría LOPD detectaría.
No tener cubierto el tema de la protección de datos no sólo puede atraer consecuencias a nivel económico, sino un daño reputacional al bufete que es irreparable que perfectamente se podría evitar una consultoría que adapte los servicios o asesorías del despacho al RGPD y la LOPD.